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¿QUÉ ES ESO DEL GOBIERNO CORPORATIVO Y EL PROTOCOLO DE FAMILIA Y PARA QUE SIRVE?

Mucho se escucha y está en auge el “gobierno corporativo”, y además se predica que  los “protocolos de familia” son una herramienta de planeación y visión familiar empresarial, pero en general, no se tiene mucha noción técnica, ni jurídica de lo que ello significa e implica. Debe mencionarse que el protocolo familiar no tiene una regulación específica en nuestro ordenamiento jurídico, es decir, no es un negocio jurídico o contrato típico; sin embargo, la Superintendencia de Sociedades, en oficio 220034920 del 25 de mayo de 2012, lo define como “un instrumento de carácter preventivo, a partir del cual las familias y sus empresas establecen unas pautas para afrontar adecuadamente los problemas que suelen afectarlas; el protocolo es un acuerdo entre los miembros de la familia que desde el punto de vista jurídico tiene el carácter paraestatutario. En todo caso, es contrato para cuyo perfeccionamiento basta el acuerdo de voluntades, es decir, para que nazca a la vida jurídica no requiere de formalidades especiales. Por ser un contrato, es ley para quienes lo suscriben, debe ser ratificado por quienes sucesivamente lleguen a la mayoría y periódicamente debe revisarse para hacerle los ajustes que sean necesarios. Los límites del protocolo son la ley, los estatutos y, desde luego, no puede contravenir normas de orden público.”, así las cosas, podría decirse que el protocolo familiar es un documento escrito que establece los valores, la visión familiar empresarial, regula la relación entre familiares, y marca las políticas con respecto a la empresa, preparado intencionalmente para establecer un marco en la dirección de los negocios familiares. Su elaboración no debe copiar un “documento modelo” patrón para todo tipo de familias, y el mismo debe ser fruto de debates internos y acuerdos familiares, toda vez que las familias que enfrentan el futuro unidas, y que tienen claramente definidas sus metas y políticas con respecto a la empresa, tienen muchas más posibilidades de éxito que las que solo reaccionan ante los acontecimientos.

Ahora bien, las buenas prácticas de “Gobierno Corporativo” que tanto se habla, toman aún más vigencia e importancia en Colombia, con ocasión del ingreso a la OCDE de nuestro país, y para este tema han aportado sus lineamientos generales organismos multilaterales como la Corporación Financiera Internacional (IFC por sus siglas en inglés) y la misma  Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), cuya  versión revisada de 2004 (Principles of Corporate Governance, 2004), ha planteado que las empresas para practicarlo deben tener: Regulación de las prácticas del poder y del  gobierno empresarial con transparencia y eficiencia; Contar con organismos de supervisión, regulación y penalización relacionados con las buenas prácticas y medidas que se adopten; Equilibrar los derechos de los accionistas y las funciones que los propietarios deben desempeñar supervisando la gerencia; Garantizar un trato equitativo a todos los accionistas, incluidos los minoritarios y extranjeros; Garantizar transparencia y la revelación de información a los grupos de interés empresarial; Responsabilidades de las juntas directivas.

A efectos de las Empresas Familiares, el “protocolo familiar” y el “gobierno corporativo” prestan un buen servicio de aporte a la regulación familiar y empresarial, incluso ayudan a aperturar las visiones a eventuales ingresos de externos (como ejecutivos, directores o accionistas) ajenos a la familia, sin que ello resulte una amenaza a la estructura societaria familiar, incluso pues si al interior de la familia no existe un miembro que reúna las condiciones para ser gestor, administrador o director, y además no tenga credibilidad dentro del entorno familiar, el ingreso de este “extraño” es una estrategia adecuada para la sanidad de los derroteros y objetivos familiares y empresariales. Sea cual sea la forma de gobierno que adopte la sociedad, será conveniente que adopte la tendencia internacional de observar prácticas de buen gobierno, como herramienta para mitigar el surgimiento del conflicto societario familiar. La solución del conflicto societario familiar no solo está en la buena gestión, sino en saber separar los diferentes tipos de relaciones familiares y comerciales que confluyen en la empresa

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